Resistencia, Miercoles 16 de Mayo de 2012

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COMERCIO RECUERDA QUE LA VENTA DE LAMPARITAS INCANDESCENTES ESTÁ PROHIBIDA Y ES PLAUSIBLE DE MULTAS

La Subsecretaría de Comercio recordó que la importación y la venta de lamparitas incandescentes (los viejos focos lumínicos de filamento) está prohibida en todo el territorio nacional y que su comercialización es plausible de sanciones.

La Subsecretaría de Comercio recordó que la importación y la venta de lamparitas incandescentes (los viejos focos lumínicos de filamento) está prohibida en todo el territorio nacional y que su comercialización es plausible de sanciones.

Comercio, dependiente del Ministerio de Industria, señaló que la prohibición se encuentra reglamentada por el decreto nacional 2060/10, que indica que desde el primer día de 2011 queda establecido como infracción la venta o importación de ese tipo de lámparas de uso residencial general.

A los efectos de sancionar las infracciones a Ley y su decreto reglamentario, se aplicará lo establecido en los Capítulos V y VI de la Ley Nacional N 22.802 de Lealtad Comercial, atento a que la comercialización de lámparas incandescentes implica una infracción a lo dispuesto en los artículos 1 bis y 12 inciso de esa legislación, comunicaron desde la Subsecretaría.



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